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Alquileres: el requisito que eliminó la Afip y que simplifica el registro de los contratos

La nueva normativa simplifica los procesos al suprimir el requerimiento general de informar todos los contratos de alquiler al Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles. De qué trata esta decisión.

En un movimiento destinado a reducir la burocracia y facilitar los trámites para los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) eliminó la obligación general de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales.

La medida, se anunció a través de la Resolución General 5545/2024, responde a la derogación de la ley N.º 27.551 de Alquileres, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023.

La nueva normativa simplifica los procesos al suprimir el requerimiento general de informar todos los contratos de alquiler al “Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (Reli)”. Esta decisión se enmarca dentro de un esfuerzo continuo de la Afip para disminuir la carga administrativa y burocrática que enfrentan los contribuyentes, según detalló el organismo en un comunicado.

A partir de ahora, el registro de los contratos de alquiler solo será obligatorio para aquellos contribuyentes que deseen acceder a ciertos beneficios fiscales. En particular, deberán registrar sus contratos aquellos que busquen beneficiarse del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y de los impuestos sobre Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias, conforme a la ley 27.737.

Los contratos deberán ser declarados en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – Reli” disponible en la web de Afip con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según corresponda.

Para aquellos contribuyentes que ya tienen contratos registrados, no será necesario volver a hacerlo, salvo que se produzcan modificaciones o actualizaciones en los acuerdos existentes.

A su vez, la Resolución General N.º 5547/2024 eliminó también la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio Siradig para poder acceder a deducciones fiscales relacionadas con el alquiler de vivienda. Este documento era previamente requerido para obtener las deducciones del 40% y del 10% sobre las sumas pagadas por alquileres.

La simplificación no se detiene ahí. En un esfuerzo por reducir la complejidad administrativa, la Afip derogó también el Certificado de Transferencia de Automotores (Ceta), documento necesario para la venta de vehículos usados radicados en el país.

Además, se eliminó la obligación para los productores agropecuarios de presentar cinco declaraciones juradas anuales con su cosecha, y se suspendió el Sistema de Importaciones de la República Argentina (Sira) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones.

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