El Ministerio de Salud de la Nación dispuso un cambio drástico en la política de provisión pública de insumos farmacológicos al derogar el vademécum aprobado en 2021 y recortar el listado de medicamentos esenciales para adquisición y entrega gratuita en centros sanitarios. A través de la Resolución 1447/2026 publicada en el Boletín Oficial, la cartera sanitaria oficializó una nómina que contempla únicamente seis principios activos orientados de manera exclusiva a la prevención y control de patologías cardiovasculares, dejando fuera del esquema centralizado a más de un centenar de tratamientos básicos.
La medida impacta de lleno sobre la operatoria asociada al histórico programa Remediar, creado hace 24 años para garantizar el acceso equitativo y gratuito a fármacos de uso extendido en el primer nivel de atención. Si bien el texto normativo no determina la supresión formal del programa, contrae sensiblemente el catálogo de referencia utilizado para las compras consolidadas y el abastecimiento de los botiquines comunitarios en todo el territorio argentino.
Los tratamientos excluidos de la distribución federal
La reducción del vademécum deja al margen de la cobertura directa del Estado nacional a tratamientos cotidianos e indispensables para afecciones crónicas e infecciosas frecuentes. Entre los compuestos marginados de la nómina figuran la metformina, utilizada en el abordaje de la diabetes, y la levotiroxina, prescrita para los desórdenes tiroideos.
Asimismo, la disposición excluyó del listado nacional insumos sanitarios de primera línea como:
- Amoxicilina: antibiótico de amplio espectro para infecciones respiratorias y bacterianas.
- Salbutamol: broncodilatador fundamental en el tratamiento del asma y afecciones pulmonares obstructivas.
- Fluconazol: antifúngico empleado en micosis recurrentes y de diversa gravedad.
- Loratadina: antihistamínico indicado para procesos alérgicos.
- Anticonceptivos: métodos hormonales de planificación familiar y salud reproductiva.
Los seis principios activos que permanecen en el listado
Conforme a la nueva disposición ministerial, el catálogo de adquisición y distribución centralizada se restringe estrictamente a seis moléculas destinadas al control de la presión arterial, la regulación lipídica y la prevención de eventos cardíacos:
- Ácido acetilsalicílico (antiagregante plaquetario).
- Atorvastatina (hipolipemiante para el control del colesterol).
- Rosuvastatina (tratamiento de dislipemias y riesgo aterosclerótico).
- Candesartán (antihipertensivo antagonista de los receptores de angiotensina II).
- Ramipril (inhibidor de la enzima convertidora de angiotensina).
- Hidroclorotiazida (diurético utilizado en el manejo de la hipertensión arterial).
La autoridad sanitaria fundamentó la decisión argumentando que la nómina definida en 2021 obedecía a un escenario sanitario disímil y señaló la necesidad de ajustar las herramientas técnicas a las prioridades detectadas en el país.
“La evolución del perfil epidemiológico del país justifica la adopción de un instrumento específico para las enfermedades vasculares”, destacaron las autoridades en los considerandos de la resolución.
El impacto en las provincias y los centros de atención primaria
El programa Remediar, nacido durante la crisis socioeconómica de 2002, se consolidó a lo largo de más de dos décadas mediante la compra a gran escala por parte de la Nación y la remisión periódica de botiquines a más de 8.000 establecimientos de atención primaria distribuidos en las 24 jurisdicciones. Con la nueva estructura, el listado nacional funcionará con carácter orientativo para compras centralizadas, diseño logístico y distribución primaria.
Desde la cartera de Salud se aclaró de manera explícita que la modificación normativa no exime ni altera las competencias sanitarias provinciales. En consecuencia, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán asumir con sus propios recursos financieros la compra y provisión de los fármacos excluidos, siempre que estos tratamientos no se encuentren comprendidos en otros programas específicos vigentes.
De este modo, la garantía del suministro de antibióticos, corticoides, antialérgicos y terapias para patologías crónicas no cardiovasculares en los dispensarios y salas de primeros auxilios quedará supeditada a la capacidad presupuestaria y a la gestión individual de cada distrito.
Lanzamiento del Plan Nacional de Salud Vascular 2026-2030
De forma paralela a la modificación del vademécum, el Poder Ejecutivo formalizó la puesta en marcha del Plan Nacional de Salud Vascular 2026-2030. El programa tiene como meta prioritaria robustecer la prevención, el diagnóstico precoz y la asistencia médica oportuna ante eventos críticos como el infarto agudo de miocardio y los accidentes cerebrovasculares (ACV).
Los datos epidemiológicos esgrimidos por el Ministerio indican que entre el 34% y el 40% de la población adulta en Argentina padece hipertensión arterial. A su vez, los cuadros cardiovasculares representan la principal causa de morbimortalidad, explicando entre el 28% y el 32% de los fallecimientos totales en el territorio nacional.
El esquema diseñado contempla el desarrollo de protocolos clínicos unificados, el fortalecimiento de las redes de derivación y emergencia médica, y la creación de un registro nacional de desfibriladores. Además, el plan abarca el abordaje específico de la insuficiencia cardíaca, la fibrilación auricular, diversas miocardiopatías y el pie diabético.
Finalmente, los instrumentos oficiales precisaron que la puesta en funcionamiento de estas medidas no demandará partidas presupuestarias adicionales ni erogaciones extraordinarias para el erario público, dado que se instrumentarán a partir de la reasignación y reorganización de los recursos materiales y operativos ya existentes en la administración federal.




