Monotributo: el Gobierno aclara qué depósitos en billeteras virtuales se toman en cuenta para la recategorización de oficio

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La Administración de ARCA explicó qué operaciones en cuentas digitales analizan para la recategorización automática de monotributistas y desmintió que las transferencias personales sean consideradas ingresos. Contribuyentes afectados podrán presentar descargos en plazo legal.

El Gobierno nacional salió a aclarar esta semana qué depósitos realizados en billeteras virtuales se consideran a la hora de recategorizar de oficio a contribuyentes del Régimen Simplificado del Monotributo. La aclaración se produjo tras un fuerte movimiento de notificaciones por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que generó inquietud entre miles de monotributistas.

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Según el comunicado oficial, el procedimiento semestral de recategorización que aplica ARCA todos los años utiliza la información fiscal disponible para evaluar si la categoría declarada por un contribuyente sigue siendo coherente con sus ingresos reales. En ese marco, la agencia analiza únicamente cobros comerciales efectuados a través de medios electrónicos —como pagos con tarjeta de crédito, débito o códigos QR— aunque hayan sido acreditados en cuentas de plataformas digitales.

El Gobierno desmintió de manera categórica que se usen transferencias personales o familiares —como préstamos, traslados de dinero entre cuentas propias o regalías— como base para modificar la categoría del Monotributo. Las autoridades precisaron que estos movimientos no forman parte del criterio de fiscalización, y que la información sobre transferencias solo se reporta al organismo cuando supera montos “muy elevados” por mes.

Cuando ARCA detecta que los ingresos cobrados electrónicamente superan a la facturación declarada, el contribuyente recibe una notificación en su domicilio fiscal electrónico con un plazo de 15 días hábiles para justificar las diferencias. Si no se presenta descargo o la explicación no es suficiente, la recategorización de oficio puede hacerse efectiva.

Qué operaciones toman en cuenta y cuáles no

  • Sí se toman en cuenta: cobros comerciales por medios electrónicos que se reflejen en billeteras virtuales vinculados a la actividad económica.

  • No se toman en cuenta: transferencias personales, depósitos familiares o movimientos de dinero entre cuentas propias, siempre que no representen ingresos comerciales.

  • Umbrales: solo se informa al organismo información de transferencias por encima de ciertos topes elevados, según la aclaración oficial.

Especialistas tributarios señalan que estos controles se sustentan en cruces de datos entre plataformas de pago y la facturación declarada, y que la recategorización o exclusión busca asegurar que la categoría del monotributista refleje la realidad de sus ingresos. Asimismo, recomiendan revisar con atención las notificaciones recibidas y, ante cualquier discrepancia, utilizar los canales formales para presentar recursos.

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